En España su implantación todavía es escasa. La nueva ley de crédito inmobiliario, que entró en vigor a mediados del mes de junio introduce importantes novedades en los prestamos para comprar vivienda y menciona por primera vez las hipotecas verdes en un texto legislativo. Pero no concreta que se entiende por estos términos y deja su regulación para un desarrollo posterior. En el borrador se apuntaba a la no necesidad de otorgar escritura pública y se podrá inscribir en cualquier momento durante la vigencia del crédito, sin tener que abonar el Impuesto de Actos Jurídicas Documentados. Pero a la entrada en vigor de la ley queda todo en el aire.
La unión europea publicó un informe sobre la taxonomía de las actividades sostenibles, en el que define un inmueble verde como aquel que tenga un certificado de eficiencia energética A o B. Para vivienda que se renueva, se acepta cualquier letra, siempre y cuando las obras de mejora supongan al menos el 30% de ahorro energético.
Lo que esta claro es que en España se deberían producir iniciativas públicas que hagan que este tipo de inversiones se acelere, tanto para compra de nueva vivienda como para renovación y mejora de viviendas ya existentes a través de subvenciones y reducciones fiscales para este tipo de operaciones.
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