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CÓMO REDACTAR UN CONTRATO DE ALQUILER

MASTRES ASESORÍA EMPRESARIAL • 23 de julio de 2019

¿Estás pensando en alquilar tu vivienda?

Si quieres alquilar tu vivienda y nunca lo has hecho, te estarás preguntando cómo redactar un contrato de alquiler que, además, te proteja como propietario. A la hora de realizar un contrato de alquiler es importante tener en cuenta lo que puedes incluir en el.

Debes valorar que, si no eres experto en la materia, es posible que el contrato que redactes se vuelva perjudicial para ti. Es por eso por lo que vamos a ver la mejor forma de redactar un contrato de alquiler para que no falte ningún detalle. Eso sí, siempre será mejor que acudas a profesionales, en MASTRES ASESORIAL EMPRESARIAL estaremos encantados de ayudarte. 

  • Qué debe incluir un contrato de alquiler de vivienda
Estos son los datos obligatorios que deben estar siempre en un contrato de alquiler:
  1. La fecha de ratificación del mismo.
  2. La identidad o datos personales de ambas partes: nombre completo, estado civil, domicilio, NIF, correo electrónico y teléfono.
  3. Los detalles de la vivienda: dirección completa, superficie aproximada, inscripción en el Registro de la Propiedad, número de referencia catastral, si la vivienda contiene mobiliario y, en caso afirmativo, inventario adjunto del mismo; si se alquila con trastero o garaje, etc.
  4. La duración del contrato en función del acuerdo alcanzado y la fecha a partir de la cual empieza a contabilizar.
  5. La forma de renovación, aunque venga dada en la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU).l
  6. Importe de la renta anual, plazos mensuales y medios de pago.
 
Además, también se pueden incluir cláusulas adicionales personales que dependerán mucho del propietario de la vivienda. Ahora bien, existen una serie de cláusulas que siempre suelen estar, o que nosotros recomendamos que estén presentes en el contrato.
 
  • Duración y renovación del alquiler
La duración del contrato de arrendamiento será libremente pactada por las partes. Si esta fuera inferior a cinco años, o inferior a siete años si el arrendador fuese persona jurídica, llegado el día del vencimiento del contrato, este se prorrogará obligatoriamente por plazos anuales hasta que el arrendamiento alcance una duración mínima de cinco años, o de siete años si el arrendador fuese persona jurídica, salvo que el arrendatario manifieste al arrendador por escrito, con treinta días de antelación como mínimo a la fecha de terminación del contrato o de cualquiera de las prórrogas, su voluntad de no renovarlo. 
El período mínimo de alquiler será de seis meses. Pasados los cinco años, se realizará una prórroga tácita, es decir, ambas partes tienen que estar de acuerdo con las condiciones pactadas en la renovación.
 
  • Recuperación de la vivienda
El propietario también tiene la posibilidad de recuperar su vivienda en caso de necesidad de él, un familiar de primer grado de consanguinidad y su cónyuge si hubiese una sentencia firme de divorcio. Para que esto suceda, tiene que haber transcurrido más de un año desde la firma del contrato y el arrendador tiene la obligación de avisar al inquilino con dos meses de antelación, según se especifica en la Ley de Arrendamientos Urbanos.
 
  • Mascotas, desgastes o desperfectos en la vivienda
Es importante añadir al contrato de arrendamiento si están permitidos los animales en la vivienda o quién es el responsable de realizar las reparaciones en la vivienda, ya sean por desgaste habitual o por mal uso. De esta forma, si ocurriesen, ambas partes no tendrán dudas de quien tiene la obligación de hacer frente a esas tareas.
 
  • Los gastos ordinarios
Otra de las cuestiones que se debe incluir en el contrato de alquiler es el pago de los gastos ordinarios como son los suministros (electricidad, agua, gas). Ya corran a cargo del propietario o del inquilino, lo mejor es ponerlo en el contrato para que haya ninguna confusión y ningún malentendido.
En la mayoría de los casos es el inquilino el que asume el gasto de los suministros. Para que no haya dudas y problemas, en el momento de la firma del contrato el inquilino tiene que cambiar la titularidad de estos para que, en caso de impago, él sea el responsable.
En el documento que regula el alquiler de la vivienda, también tiene que aparecer especificado quién el responsable de pagar diferentes gastos, como la comunidad, el IBI o la tasa de basuras.
 
  • ¿Dudas? Busca un profesional
Es por ello por lo que siempre insistimos en que escojas la opción de un profesional. En MASTRES te redactamos y asesoramos en el contrato, y además te ayudamos a escoger al inquilino adecuado. Piensa que la morosidad ha crecido en los últimos años y nosotros podemos ayudarte en todo lo que necesites.


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