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RENTA MÍNIMA VITAL

MASTRES ASESORIA EMPRESARIAL • 4 de junio de 2020

¿ Qué es? ¿Cuando puedo solicitar la renta mínima vital? ¿Qué cuantía tiene?


¿Qué es?

El ingreso mínimo vital pretende ser una prestación dirigida a prevenir el riesgo de pobreza y exclusión social de las personas que vivan solas o integradas en una unidad de convivencia (los hogares deben estar constituidos desde al menos un año), cuando se encuentren en una situación de vulnerabilidad por carecer de recursos económicos suficientes para la cobertura de sus necesidades básicas. Además, no perjudicará a las ayudas que puedan establecer las comunidades autónomas en el ejercicio de sus competencias y su modalidad será no contributiva.
Su duración se prolongará mientras persista la situación de vulnerabilidad económica y se mantengan los requisitos que originaron el derecho a su percepción. Todas las personas beneficiarias, integradas o no en una unidad de convivencia, estarán obligadas a poner en conocimiento de la entidad gestora competente, en el plazo de treinta días naturales, aquellas circunstancias que afecten al cumplimiento de los requisitos o de las obligaciones establecidos

¿Cuándo se podrá solicitar?

A partir del 15 de junio, conforme a los modelos normalizados que establecerá el gobierno.

¿Qué cuantía tendrá?

De momento no se ha establecido ninguna cantidad especifica. Lo que si se sabe es que no seria uniforme para todos, dependerá de cada familia, la renta recibida y la estructura de la unidad.
La cuantía se fijará y se hará efectiva mensualmente (en 12 mensualidades) en los términos que establecen el real decreto-ley y en sus normas de desarrollo. 
El derecho a la prestación nacerá a partir del primer día del mes siguiente al de la fecha de presentación de la solicitud y se realizará mediante transferencia bancaria.

¿Qué requisitos debo cumplir?

  • Tener residencia legal y efectiva en España mínimo durante un año.
  • Encontrarse en situación de vulnerabilidad económica por carecer de rentas, ingresos o patrimonio suficientes.
  • Haber solicitado las pensiones y prestaciones vigentes a las que se pudiera tener derecho. Quedan exceptuados los salarios sociales, rentas mínimas de inserción o ayudas análogas de asistencia social concedidas por las comunidades autónomas.
  • Si no están trabajando y son mayores de edad o menores emancipados, figurar inscritas como demandantes de empleo, salvo en los supuestos que se determinen reglamentariamente.
Los requisitos deberán cumplirse en el momento de presentación de la solicitud o al tiempo de solicitar su revisión, y mantenerse al dictarse la resolución y durante el tiempo de percepción del ingreso mínimo vital. Cada expediente es un caso concreto y diferente al resto por lo que hay que evaluar por separado cada uno de ellos, para poder evaluar más concretamente, otros requisitos obligatorios según situación.

¿Qué documentación debo presentar?

La solicitud se realizará en el modelo normalizado establecido al efecto, acompañada de la documentación necesaria para justificar el cumplimiento de los requisitos establecidos en el real decreto-ley y en sus normas de desarrollo.
No obstante, respecto de los documentos que no se encuentren en poder de la administración, si no pueden ser aportados por el interesado en el momento de la solicitud, se incluirá la declaración responsable del solicitante en la que conste que se obliga a presentarlos durante la tramitación del procedimiento.
Para acreditar el valor del patrimonio, así como de las rentas e ingresos computables y los gastos de alquiler, del titular del derecho y de los miembros de la unidad de convivencia, el titular del ingreso mínimo vital y los miembros de la unidad de convivencia cumplimentarán la declaración responsable que, a tal efecto, figurará en el modelo normalizado de solicitud.

¿Dónde se realizará la solicitud?

Para poder tramitar las solicitudes el gobierno establece varias vías:
  • A través de www.seg-social.es , con certificado digital o DNI electrónico.
  • Enviando la documentación por correo ordinario, a la dirección que proporcione el gobierno
  • Habilitaran un teléfono gratuito para consultas
  • Contarán con un asistente virtual y un simulador

No obstante, si crees que cumples los requisitos y quieres solicitar la renta mínima vital pero tienes muchas dudas y no sabes como hacerlo, no dudes en contactar con MASTRES ASESORÍA. 
Te ayudaremos con todos los tramites, solo tienes que solicitar cita previa a través de:


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