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NUEVAS MEDIDAS DE APOYO COMPLEMENTARIAS PARA EMPRESAS, AUTÓNOMOS Y TRABAJADORES

MASTRES ASESORIA EMPRESARIAL • 22 de abril de 2020

El RD 15/2020 publicado hoy en el B.O.E establece nuevas medidas complementaria a las anteriores para apoyar la economía y el empleo ante la crisis causada por el covid19

Medidas para proteger a los ciudadanos y el empleo

Con el fin de seguir protegiendo y dando cobertura a personas que en el contexto actual no tengan acceso a la protección por desempleo, se amplía la cobertura de la prestación a los trabajadores cuyos contratos hayan sido extinguidos durante el periodo de prueba de un nuevo trabajo desde el 9 de marzo o aquellos que lo hayan extinguido voluntariamente desde el 1 de marzo por tener una oferta laboral en firme que haya decaído.
Se modifica también la regulación de los ERTEs por causa de fuerza mayor, para cubrir las reducciones significativas de actividad en aquellos sectores considerados esenciales, pero que se han visto afectados por las medidas de reducción de la movilidad y han visto mermados sus ingresos.
Se refuerza la protección de los trabajadores fijos discontinuos y se amplía la cobertura establecida en el Real Decreto-ley 8/2020 a los trabajadores que no hayan podido reincorporarse a su actividad en las fechas previstas como consecuencia del COVID-19 y que no cumplen el requisito de situación legal de desempleo, o no pueden acceder a la prestación por desempleo por carecer del periodo de cotización necesario.
Con el fin de facilitar el ajuste de la economía a la situación actual y proteger el empleo se han adoptado diferentes medidas, entre las que destaca la suspensión de plazos en el ámbito de actuación de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. Asimismo, se refuerzan los mecanismos de control y sanción para evitar comportamientos fraudulentos en la percepción de las prestaciones, regulándose las sanciones y estableciéndose una responsabilidad empresarial que implica la devolución por parte de la empresa de las prestaciones indebidamente percibidas por sus trabajadores.
Se flexibiliza con carácter extraordinario el Fondo de promoción y educación de las cooperativas para que pueda destinarse a cualquier actividad que contribuya a frenar o paliar los efectos del COVID-19, mediante acciones propias, donaciones a otras entidades públicas o privadas o dotación de liquidez a la cooperativa para garantizar la continuidad de su funcionamiento.
También se prorroga dos meses el carácter preferente del trabajo a distancia, así como el derecho de adaptación del horario y reducción de la jornada. Se adaptan de forma temporal y extraordinaria algunos de los requisitos que permiten a las sociedades anónimas o de responsabilidad limitada la calificación de sociedad laboral.
Finalmente, se aprueba la reducción de las cotizaciones para determinados trabajadores agrarios durante los periodos de inactividad en 2020 o se simplifica del procedimiento para el aplazamiento de deuda de la Seguridad Social.
En el ámbito de protección de los ciudadanos, se establecen los términos para el rescate de fondos de pensiones, definiéndose, entre otras cuestiones, la acreditación de las circunstancias que dan derecho a la disponibilidad de los planes, el plazo al que se vinculan dichas circunstancias y el importe máximo del que se puede disponer. Se reducen, asimismo, un 50 % los aranceles notariales para la renovación de créditos no hipotecarios.
Para poner en marcha las medidas relativas a la moratoria de arrendamientos para familias vulnerables por el COVID-19, se habilita que la Línea de Avales aprobada en el Real Decreto-ley 11/2020 tenga una dotación de hasta 1.200 millones de euros, para garantizar los préstamos concedidos por las entidades financieras.

Medidas para reforzar la financiación empresarial

Con el fin de aliviar los costes operativos de las pymes y autónomos que hayan visto reducirse significativamente sus ingresos como consecuencia del COVID-19, se establece un mecanismo para la renegociación y aplazamiento del pago de alquileres de locales de negocio a grandes tenedores o empresas públicas. En el caso de que el propietario sea distinto a los anteriores, se facilita el uso de la fianza como mecanismo de pago, debiéndose ésta reponer en el plazo de un año.
Con el objetivo de reforzar la financiación empresarial, se amplía la cobertura de la Línea de Avales del ICO para cubrir pagarés del Mercado Alternativo de Renta Fija, fomentando así el mantenimiento de las fuentes de liquidez proporcionadas por los mercados de capitales. Asimismo, se aumenta la capacidad de las sociedades de garantía recíproca de las comunidades autónomas, mediante un reforzamiento de los reavales concedidos por la Compañía Española de Refinazamiento, S.A. (CERSA) y se garantiza que la línea podrá liberarse hasta el 31 de diciembre de 2020.
Se habilita al Consorcio de Compensación de Seguros para que actúe como reasegurador de los riesgos del seguro de crédito, lo que reforzará la canalización de recursos para el crédito comercial, garantizará la continuidad de las transacciones económicas y aportará seguridad a las operaciones comerciales. Por otro lado, se permite el aplazamiento de las cuotas de los préstamos concedidos por el IDAE en el marco de sus programas de subvenciones o ayudas reembolsables.
Medidas fiscales
En el ámbito fiscal se incluyen diferentes medidas dirigidas a alinear las bases imponibles de los impuestos a la situación actual, lo que permitirá liberar más de 1.100 millones de euros de liquidez para las empresas, especialmente autónomos y pymes. Con este objetivo, los trabajadores autónomos podrán realizar el cálculo de los pagos fraccionados del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y el ingreso a cuenta del régimen simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido con el método de estimación objetiva, lo que permitirá, durante el periodo afectado por el estado de alarma, ajustar el pago a los ingresos reales.
Asimismo, se establece una reducción en el pago fraccionado del IRPF y del IVA, pudiéndose descontar en cada trimestre los días en que ha habido estado de alarma. Las empresas podrán también adaptar las liquidaciones de los ingresos a cuenta a la previsión de ingresos estimada para 2020 y se establece la posibilidad de supeditar el pago de las deudas tributarias a la obtención de la financiación a través de la Línea de Avales.
Finalmente, se reduce al cero por ciento el IVA aplicable al suministro de material sanitario de productores nacionales a entidades públicas, sin ánimo de lucro y centros hospitalarios, en línea con la reducción de aranceles de la Unión Europea y así garantizar la igualdad de trato y el suministro rápido y efectivo, con un ahorro de más de 1.000 millones de euros. Se reduce también el IVA de los libros, revistas y periódicos electrónicos para alinearlo con el aplicable a los de papel.

Os dejamos un resumen con las principales medidas:

  • Se amplía la cobertura de la prestación por desempleo a los trabajadores despedidos durante el periodo de prueba de un nuevo trabajo.
  • Se ajustan las bases imponibles de los impuestos a la situación económica, liberando 1.100 millones de euros de liquidez para las empresas, en particular pymes y autónomos.
  • Se reduce al 0% el IVA aplicable al suministro de material sanitario de productores nacionales a entidades públicas, sin ánimo de lucro y centros hospitalarios, con un ahorro de más de 1.000 millones de euros.
  • Se reduce también el IVA de los libros, revistas y periódicos electrónicos para alinearlo con el aplicable a los de papel.
  • La Línea de Avales del ICO de 100.000 millones de euros permitirá cubrir pagarés de empresa y reforzar las sociedades de garantía recíproca de las Comunidades Autónomas.
  • Se habilita al Consorcio de Compensación de Seguros para que actúe como reasegurador de los riesgos del seguro de crédito, lo que reforzará la canalización de recursos para el crédito comercial.
  • Se incrementa el ámbito de aplicación de los ERTEs por causa de fuerza mayor para cubrir caídas significativas de actividad en aquellos sectores considerados esenciales que también han visto reducidos sus ingresos.
  • Se prorroga dos meses el carácter preferente del trabajo a distancia, así como el derecho de adaptación del horario y reducción de la jornada.
  • Se establece un mecanismo para la renegociación y aplazamiento del pago de alquileres de locales de negocio.
  • Se reducen los aranceles notariales para la renovación de créditos no hipotecarios.
  • Se adoptan medidas de flexibilidad para ajustar a la situación actual la regulación relativa a determinados sectores y actividades, incluyendo las relativas a puertos, investigación universitaria, centros tecnológicos, trabajadores agrarios y cooperativas.
  • Se crea una Fundación deportiva dotada con fondos provenientes de la venta de derechos audiovisuales del fútbol para contribuir a financiar y dotar de estabilidad al deporte federativo, al deporte olímpico y paralímpico.
R.D. 15/2020

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