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AYUDAS A TRABAJADORES AFECTADOS POR ERTE CAUSA FUERZA MAYOR

MASTRES ASESORIA EMPRESARIAL • 23 de julio de 2020

El B.O.C.Y.L. publica hoy la convocatoria de una linea de ayudas a los trabajadores afectados por ERTE

Se convoca para el año 2020 una línea de ayuda destinada, en el ámbito de Castilla y León, a personas trabajadoras afectadas por expedientes de regulación de empleo de suspensión de contratos de trabajo o de reducción de la jornada, por causa de fuerza mayor, como consecuencia de la crisis ocasionada por la COVID-19.

La solicitudes se tramitarán y resolverán por concesión directa, atendiendo a su orden de presentación en el registro de la administración competente para tramitar, en función de que la documentación este completa. El período de presentación de las solicitudes será desde las 9:00 horas del 3 de agosto hasta las 14:00 horas del 17 de agosto de 2020.

Podrán ser beneficiarios las personas trabajadoras que cumplan los siguientes requisitos:

  • Estar afectada por expediente de regulación de empleo de suspensión de contrato de trabajo o de reducción de la jornada, derivado de fuerza mayor, al amparo del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma, para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19, y en aplicación del artículo 22 del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social de la COVID-19, así como por las posteriores modificaciones al mismo, y siempre que tengan lugar durante el periodo subvencionable del 14 de marzo de 2020 al 30 de junio de 2020.
  • También podrán ser beneficiarias las personas trabajadoras con contrato indefinido fijo discontinuo, cuyos contratos hayan sido interrumpidos o que se encuentren en periodo de inactividad productiva, a la espera de la llegada de la fecha en la que procederá su llamamiento y reincorporación efectiva, aplazada como consecuencia de la crisis de la COVID-19 en los mismos términos que se recoge en el párrafo anterior.
  • Que la persona trabajadora preste sus servicios en un centro de trabajo ubicado en Castilla y León.
  • Que la empresa para la que venga prestando servicios la persona trabajadora no supere los 250 trabajadores. 
  • Que la base de cotización de contingencias comunes, incluida la parte proporcional de pagas extraordinarias, no supere los 1.600 euros o la cantidad proporcional en los supuestos de personas trabajadoras vinculadas a la empresa por contrato de trabajo a tiempo parcial, y en los casos en el que la persona trabajadora haya cotizado por un período de cotización inferior a un mes natural completo.
  • Tener reconocido por el Servicio Público de Empleo Estatal la prestación por desempleo derivada del expediente de regulación de empleo por fuerza mayor de suspensión de contratos de trabajo o reducción de la jornada que traiga causa por la COVID-19.
  • Que la persona trabajadora haya estado afectada por la suspensión o reducción de jornada, al menos, 45 días en el período subvencionable del 14 de marzo de 2020 al 30 de junio de 2020. A efectos del cálculo del número mínimo de días, en los períodos afectados por reducción de jornada sólo se computará el porcentaje no trabajado hasta alcanzar el correspondiente a una jornada completa.
Si no sabes como realizar el tramite, ven a vernos, en MASTRES lo realizaremos por ti. 
Te dejamos un enlace para que te descargues la convocatoria completa.
BOCYL COVOCATORIA TRABAJADORES ERTE POR FUERZA MAYOR

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